DICTAMEN
EN LA COMISIÓN PERMANENTE RESPECTO AL PLAN NACIONAL DE
DESARROLLO
HONORABLE
ASAMBLEA:
A
la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público,
Agricultura y Fomento y Comunicaciones y Obras Públicas
de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la
Unión, fue turnado para su estudio y elaboración
del dictamen respectivo el Punto de Acuerdo presentado por el
Dip. David Penchyna Grub, del Grupo Parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional, relacionado con el Plan Nacional
de Desarrollo.
Con
fundamento en los artículos 78, fracción III, de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
127, párrafo 1, y demás aplicables de la Ley Orgánica
del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 87, 88,
176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno
Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos,
los integrantes de esta Tercera Comisión que suscriben
someten a la consideración del Pleno de la Comisión
Permanente del Congreso de la Unión el presente dictamen.
ANTECEDENTES
1.-
En sesión de la Comisión Permanente de fecha 13
de junio del año en curso el Dip. David Penchyna Grub presentó
ante al Pleno de la misma un Punto de Acuerdo relacionado con
el Plan Nacional de Desarrollo.
2.-
En esa misma sesión, se turnó el referido punto
de Acuerdo a la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito
Público, Agricultura y Fomento y Comunicaciones y Obras
Públicas de la Comisión Permanente del Congreso
de la Unión.
3.-
Con fecha 19 de junio del año en curso, los integrantes
de esta Tercera Comisión en reunión de trabajo procedimos
a la elaboración del presente dictamen con base en los
siguientes
CONSIDERANDOS
1.-
Los suscritos integrantes de esta Comisión dictaminadora
consideran procedente puntualizar las propuestas contenidas en
el Punto de Acuerdo que se analiza, a fin de estar en posibilidad
de determinar su procedencia, destacando de antemano la importancia
que reviste la planeación, como un mecanismo constitucional
y legal, mediante el cual se concretiza la responsabilidad del
Estado Mexicano en el desarrollo integral del país y que
debe tender a la consecución de los fines y objetivos políticos,
sociales, culturales y económicos, previstos en la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Es
por ello que esta dictaminadora no puede pasar por alto la necesidad
de precisar diversos aspectos inherentes al diseño del
Plan Nacional de Desarrollo que son resaltados en las diversas
propuestas que conforman el Punto de Acuerdo de referencia, por
lo que se procederá a ponderar cada una de ellas por separado,
independientemente del análisis de fondo que las Cámaras
del Congreso de la Unión lleguen a efectuar del mencionado
Plan, en cumplimiento de las facultades previstas en el artículo
5 de la Ley de Planeación.
2.-
La primera propuesta establece:
«Primero.-
Que se presente el estudio de gran visión al que se comprometió
el Presidente de la República, y que para su supuesta elaboración
se ejercieron recursos públicos en el período de
transición, y que no nos ha sido entregado y no viene referido
en el Plan Nacional de Desarrollo.»
Con
independencia del ejercicio de recursos públicos en el
período de transición para la elaboración
del estudio de gran visión, tomando en cuenta que este
estudio se asimila a un documento que reviste la importancia necesaria
para la ordenación racional y sistemática de acciones
que se orienten a la transformación de la realidad del
país, sobre la base del ejercicio de atribuciones del propio
Ejecutivo Federal para la regulación y promoción
de actividades económicas, sociales, políticas y
culturales, y que por su naturaleza se enfoca presuntamente a
objetivos, metas, estrategias o prioridades, esta dictaminadora
considera procedente que el mismo forme parte integrante del Plan
Nacional de Desarrollo.
Lo
anterior se fundamenta en la previsión contenida en la
Ley de Planeación en el sentido de que mediante la planeación,
proyectada en el Plan Nacional de Desarrollo, en primer lugar,
se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades;
en segundo lugar, se asignarán recursos, responsabilidades
y tiempos de ejecución; y en tercer lugar, se coordinarán
acciones y se evaluarán resultados.
3.-
La segunda propuesta establece:
«Segundo.-
Que toda vez que la responsabilidad en la elaboración del
Plan Nacional de Desarrollo, recae en las facultades de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, se explique a esta
soberanía ¿quién elaboró el citado
documento y con base a qué facultades se establecerán
las responsabilidades?»
En
este apartado, se considera pertinente destacar que efectivamente,
los artículos 14 y 15 de la Ley de Planeación vigente
establecen diversas atribuciones a cargo de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público en la elaboración
del Plan Nacional de Desarrollo, tomando en cuenta las propuestas
de las dependencias y entidades de la administración pública
federal, de los gobiernos estatales y de los grupos sociales interesados,
por lo que resulta atingente que se cuente con la información
que se precisa en la propuesta que antecede, ya que ello permitirá
contar con elementos objetivos que faciliten el examen y opinión
que el Congreso de la Unión realice respecto del Plan Nacional
de Desarrollo.
En
especial, es de destacarse que la propia Ley de Planeación
se refiere a la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo
integral del país, y como se señaló anteriormente,
una de las finalidades de la planeación contenida en el
documento de referencia es precisamente la posibilidad de asignar
responsabilidades para el cumplimiento de las metas, objetivos,
estrategias y prioridades contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo.
4.-
La tercera propuesta establece:
«Tercero.-
Se solicita respetuosamente al Poder Ejecutivo, nos informe quiénes
integran las tres comisiones que agrupan a las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal,
encargados de desarrollar los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo,
y qué facultades tiene conforme a la ley.»
Si
bien es cierto que la Ley de Planeación solamente se refiere
a la posibilidad de que el Presidente de la República establezca
comisiones intersecretariales para la atención de actividades
de la planeación nacional, e incluso que estas comisiones
cuenten con subcomisiones para la elaboración de programas
especiales que el mismo Presidente determine, también lo
es que no puede escapar a la formación de las mismas la
necesidad de contra con información suficiente que permita
conocer su debida composición, atribuciones, actividades
a desarrollar y demás elementos que permitan el funcionamiento
de las mismas, toda vez que la actividad por parte del Congreso
de la Unión respecto del Plan Nacional de Desarrollo no
se agota tan sólo con el examen y opinión que se
llegue a emitir y para lo cual se remitió este documento
por parte del Ejecutivo Federal, sino como se desprende de la
propia Ley de Planeación, existen otras ocasiones previstas
por la propia ley en las que el Congreso de la Unión ejercitará
respecto del Plan Nacional de Desarrollo, las facultades que constitucional
y legalmente le competen.
De
manera particular, la propuesta de este punto Tercero tiene el
fundamento que le da el artículo 89 del Reglamento para
el Gobierno Interior del Congreso General, el cual de manera análoga,
esta Tercera Comisión invoca en tanto que como órgano
de la Comisión Permanente está sujeto y tiene las
prerrogativas que a las Comisiones de las Cámaras del Congreso
les asigna el referido Reglamento.
Adicionalmente,
resulta trascendente para el ejercicio de estas facultades, que
desde ahora se informe adecuadamente y con la oportunidad que
el caso merece, de la composición, funcionamiento, atribuciones,
actividades, servidores públicos responsables y posibles
subcomisiones, de las comisiones intersecretariales indicadas.
5.-
Las propuestas cuarta, quinta, sexta y séptima, por estimar
que se encuentran vinculadas, se valoran en su conjunto, la cuales
establecen:
«Cuarto.-
Que toda vez que el Plan Nacional de Desarrollo no se acompañó
del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo, éste
se presente de inmediato para poder contar con los elementos fundamentales
de la planeación.»
«Quinto.-
Que las distintas Comisiones de la Cámara de Diputados,
y de la Cámara de Senadores, evalúen el contenido
y alcances del Plan Nacional de Desarrollo, en las diferentes
materias, a fin de remitir al Ejecutivo Federal las insuficiencias
y ausencias que el documento contiene.»
«Sexto.-
Que toda vez que los programas sectoriales, enunciados en el Plan
Nacional de Desarrollo, se encuentran dispersos y poco ordenados
en el documento, se precisen a la brevedad con la finalidad de
que dichos programas sectoriales sean claros y precisos.»
«Séptimo.-
De conformidad con lo establecido en la Ley de Planeación,
dentro de las observaciones al Plan Nacional de Desarrollo, el
Poder Legislativo solicita al Poder Ejecutivo se establezca puntualmente
los términos en que se presentará la información
a que se refieren los programas sectoriales, especiales, institucionales
y regionales, así como remita la metodología con
la finalidad de conformar dichos instrumentos.»
En
este apartado, es importante destacar que si bien es cierto que
la propia Ley de Planeación establece que en el Plan Nacional
de Desarrollo se indicarán los programas sectoriales, institucionales,
regionales y especiales que deban ser elaborados, y el documento
enviado por el Ejecutivo Federal en la parte relativa a anexos
se refiere en forma específica a que se elaborarán
estos programas que cubrirán de manera detallada en el
plan de acción del Ejecutivo Federal diversos temas de
prioridad nacional, entre los que se encuentra el programa de
financiamiento para el desarrollo, también lo es que la
elaboración inmediata de este programa es fundamental para
conocer la forma de las diversas previsiones de gastos que tendrán
que erogarse a fin de hacer viable el desarrollo nacional en los
términos del Plan propuesto por el Ejecutivo Federal.
Consecuentemente,
para que se cuenten los elementos de juicio y valorativos necesarios
que permitan analizar y opinar objetivamente sobre el contenido
de la planeación nacional del desarrollo, es imprescindible
que se conozca la forma como se cubrirán los diversos costos
que propicie la aplicación del propio Plan, y por ello
se insiste en la necesidad de que el Ejecutivo Federal haga la
remisión del Programa de referencia, a fin de que las Comisiones
respectivas de las Cámaras del Congreso puedan ejercitar
las facultades que les competen.
Por
otro lado, la falta de precisión en la integración
del Plan Nacional de Desarrollo se evidencia por el hecho de que
como se señaló en los párrafos que anteceden,
el propio Ejecutivo refiere que a futuro se elaborarán
los multicitados programas, lo que por sí impedirá
que el Congreso de la Unión pueda efectuar un completo
análisis, examen y opinión fundados del Plan Nacional
de Desarrollo, toda vez que los diversos programas mencionados
constituyen una extensión del propio Plan y al no contar
con la información relativa a su contenido se hace nugatorio
el ejercicio de dichas facultades.
Por
lo anterior, es evidente la necesidad de que si bien no se pueda
contar en este momento con la información precisa del contenido
de cada uno de esos programas, se cuente al menos con la que se
refiera a los términos en que se presentará esta
información y que se remita la metodología con la
finalidad de conformar dichos instrumentos.
6.-
La octava propuesta establece:
«Octavo.-
La Comisión Permanente del Congreso de la unión
expresa su inconformidad por la forma, y el fondo, del contenido
del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, ante la falta de elementos
mínimos de un ejercicio de planeación moderna.»
Esta
propuesta es la consecuencia natural derivada de las antes descritas,
que destaca la insuficiencia en la elaboración formal y
material del Plan Nacional de Desarrollo enviado por el Ejecutivo
Federal, por lo que se refiere al análisis y opinión
que corresponde efectuar al Congreso de la Unión, por lo
que esta dictaminadora considera viable externar la inconformidad
que se propone como una forma de manifestación respetuosa
del sentir de los integrantes de este cuerpo colegiado, ante la
falta de elementos para que el Poder Legislativo Federal pueda
cumplir con sus atribuciones vinculadas a la planeación
nacional del desarrollo.
Con
base en lo antes expuesto, la Tercera Comisión de Hacienda
y Crédito Público, Agricultura y Fomento y Comunicaciones
y Obras Públicas se permite someter a la consideración
del Pleno de la Comisión Permanente del H. Congreso de
la Unión, el siguiente
DICTAMEN
PRIMERO.-
Es procedente el Punto de Acuerdo presentado por el Dip. David
Penchyna Grub, por lo que la Comisión Permanente del Congreso
de la Unión expresa su inconformidad por la forma, y el
fondo, del contenido del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006,
ante la falta de elementos mínimos de un ejercicio de planeación
moderna.
SEGUNDO.-
En consecuencia, mediante atenta comunicación, se solicitará
al Presidente de la República se sirva remitir al Congreso
de la Unión el estudio de gran visión elaborado
en el período de transición; la información
relativa tanto a la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo
y los criterios para el establecimiento de responsabilidad, como
a la integración de las comisiones intersecretariales encargadas
de desarrollar los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo;
el contenido del Programa Nacional de Financiamiento para el Desarrollo;
así como que precise los términos en que se presentará
la información a que se refieren los programas sectoriales,
institucionales, regionales y especiales, enviando la metodología
para conformar dichos instrumentos.
Sala
de Comisiones de la Tercera Comisión.- México, D.F.,
a 26 de junio de 2001.
TERCERA COMISION. HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, AGRICULTURA
Y FOMENTO,
COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS.
Dip.
David Penchyna Grub, Presidente; Sen. Héctor Larios Córdova,
Secretario; Dip. Martí Batres Guadarrama, Secretario; Dip.
José Gerardo De la Riva Pinal, Dip. Eddie Varón
Levy, Dip. Samuel Aguilar Solís, Sen. Laura Alicia Garza
Galindo, Sen. Carlos Chaurand Arzate, Dip. Alonso Ulloa Vélez,
Dip. José Manuel Minjares Jiménez, Dip. Ricardo
Torres Origel, Sen. Fauzi Hamdan Amad, Sen. Héctor Osuna
Jaime, Dip. Tomás Torres Mercado , Dip. Bernardo de la
Garza Herrera, Dip. Rosalía Peredo Aguilar
El
siguiente punto en el orden del día, es la discusión
de un dictamen de la Tercera Comisión con punto de acuerdo,
en relación, con una propuesta del diputado David Penchyna
Grub, sobre el Plan Nacional de Desarrollo, y en virtud de que
este dictamen se encuentra debidamente publicado en la Gaceta
Parlamentaria de este día, solicito a la Secretaría
de lectura únicamente a los puntos resolutivos del dictamen.
-
LA C. SECRETARIA SENADORA STEPHENSON PEREZ: Se va dar lectura
a los puntos resolutivos del dictamen de la Tercera Comisión.
PUNTO
DE ACUERDO
PRIMERO.-
Es procedente el punto de acuerdo presentado por el diputado David
Penchyna Grub, por lo que la Comisión Permanente del Congreso
de la Unión expresa su inconformidad por la forma y el
fondo del contenido del Plan Nacional de Desarrollo, dos mil uno,
dos mil seis, ante la falta de elementos mínimos de un
ejercicio de planeación moderna.
Segundo.
En consecuencia, mediante atenta comunicación, se solicitará
al Presidente de la República se sirva remitir al Congreso
de la Unión el estudio de Gran Visión elaborado
en el período de transición la información
relativa, tanto a la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo,
y los criterios para el establecimiento de responsabilidad, como
a la integración de las Comisiones Intersecretariales encargadas
de desarrollar los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.
El
contenido del Programa Nacional de Financiamiento para el Desarrollo,
así como que precise los términos de que se presentará
la información a que se refieren los programas sectoriales,
institucionales, regionales, y especiales, enviando la metodología
para conformar dichos instrumentos.
Sala
de Comisiones de la Tercera Comisión.- México, D.F.,
a 26 de junio de 2001. La Comisión. Es todo, señor
Presidente.
-
EL C. PRESIDENTE: Está a discusión el dictamen.
En virtud de no haber oradores, consulte la Secretaría
a la asamblea, en votación económica, si es de aprobarse
el anterior dictamen.
- LA C. SECRETARIA SENADORA STEPHENSON PEREZ: Consulto a la asamblea,
en votación económica, si es de aprobarse el dictamen
en consideración.
Quienes
estén por la afirmativa, favor de ponerse de pie. (La asamblea
asiente).
Quienes estén por la negativa, favor de ponerse de pie.
(La asamblea no asiente).
Aprobada, señor Presidente.
-
EL C. PRESIDENTE: Aprobado el punto de acuerdo. Comuníquese.
