DICTAMEN EN LA COMISIÓN PERMANENTE RESPECTO AL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

HONORABLE ASAMBLEA:

A la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento y Comunicaciones y Obras Públicas de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, fue turnado para su estudio y elaboración del dictamen respectivo el Punto de Acuerdo presentado por el Dip. David Penchyna Grub, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, relacionado con el Plan Nacional de Desarrollo.

Con fundamento en los artículos 78, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 127, párrafo 1, y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; y 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los integrantes de esta Tercera Comisión que suscriben someten a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión el presente dictamen.

ANTECEDENTES

1.- En sesión de la Comisión Permanente de fecha 13 de junio del año en curso el Dip. David Penchyna Grub presentó ante al Pleno de la misma un Punto de Acuerdo relacionado con el Plan Nacional de Desarrollo.

2.- En esa misma sesión, se turnó el referido punto de Acuerdo a la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento y Comunicaciones y Obras Públicas de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

3.- Con fecha 19 de junio del año en curso, los integrantes de esta Tercera Comisión en reunión de trabajo procedimos a la elaboración del presente dictamen con base en los siguientes

CONSIDERANDOS

1.- Los suscritos integrantes de esta Comisión dictaminadora consideran procedente puntualizar las propuestas contenidas en el Punto de Acuerdo que se analiza, a fin de estar en posibilidad de determinar su procedencia, destacando de antemano la importancia que reviste la planeación, como un mecanismo constitucional y legal, mediante el cual se concretiza la responsabilidad del Estado Mexicano en el desarrollo integral del país y que debe tender a la consecución de los fines y objetivos políticos, sociales, culturales y económicos, previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Es por ello que esta dictaminadora no puede pasar por alto la necesidad de precisar diversos aspectos inherentes al diseño del Plan Nacional de Desarrollo que son resaltados en las diversas propuestas que conforman el Punto de Acuerdo de referencia, por lo que se procederá a ponderar cada una de ellas por separado, independientemente del análisis de fondo que las Cámaras del Congreso de la Unión lleguen a efectuar del mencionado Plan, en cumplimiento de las facultades previstas en el artículo 5 de la Ley de Planeación.

2.- La primera propuesta establece:

«Primero.- Que se presente el estudio de gran visión al que se comprometió el Presidente de la República, y que para su supuesta elaboración se ejercieron recursos públicos en el período de transición, y que no nos ha sido entregado y no viene referido en el Plan Nacional de Desarrollo.»

Con independencia del ejercicio de recursos públicos en el período de transición para la elaboración del estudio de gran visión, tomando en cuenta que este estudio se asimila a un documento que reviste la importancia necesaria para la ordenación racional y sistemática de acciones que se orienten a la transformación de la realidad del país, sobre la base del ejercicio de atribuciones del propio Ejecutivo Federal para la regulación y promoción de actividades económicas, sociales, políticas y culturales, y que por su naturaleza se enfoca presuntamente a objetivos, metas, estrategias o prioridades, esta dictaminadora considera procedente que el mismo forme parte integrante del Plan Nacional de Desarrollo.

Lo anterior se fundamenta en la previsión contenida en la Ley de Planeación en el sentido de que mediante la planeación, proyectada en el Plan Nacional de Desarrollo, en primer lugar, se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades; en segundo lugar, se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución; y en tercer lugar, se coordinarán acciones y se evaluarán resultados.

3.- La segunda propuesta establece:

«Segundo.- Que toda vez que la responsabilidad en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, recae en las facultades de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, se explique a esta soberanía ¿quién elaboró el citado documento y con base a qué facultades se establecerán las responsabilidades?»

En este apartado, se considera pertinente destacar que efectivamente, los artículos 14 y 15 de la Ley de Planeación vigente establecen diversas atribuciones a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, tomando en cuenta las propuestas de las dependencias y entidades de la administración pública federal, de los gobiernos estatales y de los grupos sociales interesados, por lo que resulta atingente que se cuente con la información que se precisa en la propuesta que antecede, ya que ello permitirá contar con elementos objetivos que faciliten el examen y opinión que el Congreso de la Unión realice respecto del Plan Nacional de Desarrollo.

En especial, es de destacarse que la propia Ley de Planeación se refiere a la responsabilidad del Estado sobre el desarrollo integral del país, y como se señaló anteriormente, una de las finalidades de la planeación contenida en el documento de referencia es precisamente la posibilidad de asignar responsabilidades para el cumplimiento de las metas, objetivos, estrategias y prioridades contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo.

4.- La tercera propuesta establece:

«Tercero.- Se solicita respetuosamente al Poder Ejecutivo, nos informe quiénes integran las tres comisiones que agrupan a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, encargados de desarrollar los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, y qué facultades tiene conforme a la ley.»

Si bien es cierto que la Ley de Planeación solamente se refiere a la posibilidad de que el Presidente de la República establezca comisiones intersecretariales para la atención de actividades de la planeación nacional, e incluso que estas comisiones cuenten con subcomisiones para la elaboración de programas especiales que el mismo Presidente determine, también lo es que no puede escapar a la formación de las mismas la necesidad de contra con información suficiente que permita conocer su debida composición, atribuciones, actividades a desarrollar y demás elementos que permitan el funcionamiento de las mismas, toda vez que la actividad por parte del Congreso de la Unión respecto del Plan Nacional de Desarrollo no se agota tan sólo con el examen y opinión que se llegue a emitir y para lo cual se remitió este documento por parte del Ejecutivo Federal, sino como se desprende de la propia Ley de Planeación, existen otras ocasiones previstas por la propia ley en las que el Congreso de la Unión ejercitará respecto del Plan Nacional de Desarrollo, las facultades que constitucional y legalmente le competen.

De manera particular, la propuesta de este punto Tercero tiene el fundamento que le da el artículo 89 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General, el cual de manera análoga, esta Tercera Comisión invoca en tanto que como órgano de la Comisión Permanente está sujeto y tiene las prerrogativas que a las Comisiones de las Cámaras del Congreso les asigna el referido Reglamento.

Adicionalmente, resulta trascendente para el ejercicio de estas facultades, que desde ahora se informe adecuadamente y con la oportunidad que el caso merece, de la composición, funcionamiento, atribuciones, actividades, servidores públicos responsables y posibles subcomisiones, de las comisiones intersecretariales indicadas.

5.- Las propuestas cuarta, quinta, sexta y séptima, por estimar que se encuentran vinculadas, se valoran en su conjunto, la cuales establecen:

«Cuarto.- Que toda vez que el Plan Nacional de Desarrollo no se acompañó del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo, éste se presente de inmediato para poder contar con los elementos fundamentales de la planeación.»

«Quinto.- Que las distintas Comisiones de la Cámara de Diputados, y de la Cámara de Senadores, evalúen el contenido y alcances del Plan Nacional de Desarrollo, en las diferentes materias, a fin de remitir al Ejecutivo Federal las insuficiencias y ausencias que el documento contiene.»

«Sexto.- Que toda vez que los programas sectoriales, enunciados en el Plan Nacional de Desarrollo, se encuentran dispersos y poco ordenados en el documento, se precisen a la brevedad con la finalidad de que dichos programas sectoriales sean claros y precisos.»

«Séptimo.- De conformidad con lo establecido en la Ley de Planeación, dentro de las observaciones al Plan Nacional de Desarrollo, el Poder Legislativo solicita al Poder Ejecutivo se establezca puntualmente los términos en que se presentará la información a que se refieren los programas sectoriales, especiales, institucionales y regionales, así como remita la metodología con la finalidad de conformar dichos instrumentos.»

En este apartado, es importante destacar que si bien es cierto que la propia Ley de Planeación establece que en el Plan Nacional de Desarrollo se indicarán los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales que deban ser elaborados, y el documento enviado por el Ejecutivo Federal en la parte relativa a anexos se refiere en forma específica a que se elaborarán estos programas que cubrirán de manera detallada en el plan de acción del Ejecutivo Federal diversos temas de prioridad nacional, entre los que se encuentra el programa de financiamiento para el desarrollo, también lo es que la elaboración inmediata de este programa es fundamental para conocer la forma de las diversas previsiones de gastos que tendrán que erogarse a fin de hacer viable el desarrollo nacional en los términos del Plan propuesto por el Ejecutivo Federal.

Consecuentemente, para que se cuenten los elementos de juicio y valorativos necesarios que permitan analizar y opinar objetivamente sobre el contenido de la planeación nacional del desarrollo, es imprescindible que se conozca la forma como se cubrirán los diversos costos que propicie la aplicación del propio Plan, y por ello se insiste en la necesidad de que el Ejecutivo Federal haga la remisión del Programa de referencia, a fin de que las Comisiones respectivas de las Cámaras del Congreso puedan ejercitar las facultades que les competen.

Por otro lado, la falta de precisión en la integración del Plan Nacional de Desarrollo se evidencia por el hecho de que como se señaló en los párrafos que anteceden, el propio Ejecutivo refiere que a futuro se elaborarán los multicitados programas, lo que por sí impedirá que el Congreso de la Unión pueda efectuar un completo análisis, examen y opinión fundados del Plan Nacional de Desarrollo, toda vez que los diversos programas mencionados constituyen una extensión del propio Plan y al no contar con la información relativa a su contenido se hace nugatorio el ejercicio de dichas facultades.

Por lo anterior, es evidente la necesidad de que si bien no se pueda contar en este momento con la información precisa del contenido de cada uno de esos programas, se cuente al menos con la que se refiera a los términos en que se presentará esta información y que se remita la metodología con la finalidad de conformar dichos instrumentos.

6.- La octava propuesta establece:

«Octavo.- La Comisión Permanente del Congreso de la unión expresa su inconformidad por la forma, y el fondo, del contenido del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, ante la falta de elementos mínimos de un ejercicio de planeación moderna.»

Esta propuesta es la consecuencia natural derivada de las antes descritas, que destaca la insuficiencia en la elaboración formal y material del Plan Nacional de Desarrollo enviado por el Ejecutivo Federal, por lo que se refiere al análisis y opinión que corresponde efectuar al Congreso de la Unión, por lo que esta dictaminadora considera viable externar la inconformidad que se propone como una forma de manifestación respetuosa del sentir de los integrantes de este cuerpo colegiado, ante la falta de elementos para que el Poder Legislativo Federal pueda cumplir con sus atribuciones vinculadas a la planeación nacional del desarrollo.

Con base en lo antes expuesto, la Tercera Comisión de Hacienda y Crédito Público, Agricultura y Fomento y Comunicaciones y Obras Públicas se permite someter a la consideración del Pleno de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, el siguiente

DICTAMEN

PRIMERO.- Es procedente el Punto de Acuerdo presentado por el Dip. David Penchyna Grub, por lo que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión expresa su inconformidad por la forma, y el fondo, del contenido del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, ante la falta de elementos mínimos de un ejercicio de planeación moderna.

SEGUNDO.- En consecuencia, mediante atenta comunicación, se solicitará al Presidente de la República se sirva remitir al Congreso de la Unión el estudio de gran visión elaborado en el período de transición; la información relativa tanto a la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo y los criterios para el establecimiento de responsabilidad, como a la integración de las comisiones intersecretariales encargadas de desarrollar los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo; el contenido del Programa Nacional de Financiamiento para el Desarrollo; así como que precise los términos en que se presentará la información a que se refieren los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales, enviando la metodología para conformar dichos instrumentos.

Sala de Comisiones de la Tercera Comisión.- México, D.F., a 26 de junio de 2001.
TERCERA COMISION. HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, AGRICULTURA Y FOMENTO,
COMUNICACIONES Y OBRAS PÚBLICAS.

Dip. David Penchyna Grub, Presidente; Sen. Héctor Larios Córdova, Secretario; Dip. Martí Batres Guadarrama, Secretario; Dip. José Gerardo De la Riva Pinal, Dip. Eddie Varón Levy, Dip. Samuel Aguilar Solís, Sen. Laura Alicia Garza Galindo, Sen. Carlos Chaurand Arzate, Dip. Alonso Ulloa Vélez, Dip. José Manuel Minjares Jiménez, Dip. Ricardo Torres Origel, Sen. Fauzi Hamdan Amad, Sen. Héctor Osuna Jaime, Dip. Tomás Torres Mercado , Dip. Bernardo de la Garza Herrera, Dip. Rosalía Peredo Aguilar

El siguiente punto en el orden del día, es la discusión de un dictamen de la Tercera Comisión con punto de acuerdo, en relación, con una propuesta del diputado David Penchyna Grub, sobre el Plan Nacional de Desarrollo, y en virtud de que este dictamen se encuentra debidamente publicado en la Gaceta Parlamentaria de este día, solicito a la Secretaría de lectura únicamente a los puntos resolutivos del dictamen.

- LA C. SECRETARIA SENADORA STEPHENSON PEREZ: Se va dar lectura a los puntos resolutivos del dictamen de la Tercera Comisión.

PUNTO DE ACUERDO

PRIMERO.- Es procedente el punto de acuerdo presentado por el diputado David Penchyna Grub, por lo que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión expresa su inconformidad por la forma y el fondo del contenido del Plan Nacional de Desarrollo, dos mil uno, dos mil seis, ante la falta de elementos mínimos de un ejercicio de planeación moderna.

Segundo. En consecuencia, mediante atenta comunicación, se solicitará al Presidente de la República se sirva remitir al Congreso de la Unión el estudio de Gran Visión elaborado en el período de transición la información relativa, tanto a la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, y los criterios para el establecimiento de responsabilidad, como a la integración de las Comisiones Intersecretariales encargadas de desarrollar los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.

El contenido del Programa Nacional de Financiamiento para el Desarrollo, así como que precise los términos de que se presentará la información a que se refieren los programas sectoriales, institucionales, regionales, y especiales, enviando la metodología para conformar dichos instrumentos.

Sala de Comisiones de la Tercera Comisión.- México, D.F., a 26 de junio de 2001. La Comisión. Es todo, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Está a discusión el dictamen. En virtud de no haber oradores, consulte la Secretaría a la asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el anterior dictamen.
- LA C. SECRETARIA SENADORA STEPHENSON PEREZ: Consulto a la asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el dictamen en consideración.

Quienes estén por la afirmativa, favor de ponerse de pie. (La asamblea asiente).
Quienes estén por la negativa, favor de ponerse de pie. (La asamblea no asiente).
Aprobada, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE: Aprobado el punto de acuerdo. Comuníquese.