CONSTITUCIÓN Y SOBERANÍA
José R. Castelazo

Febrero 5 de 2001

El 5 de febrero se conmemora la Constitución Mexicana, no sólo la vigente de 1917, sino las de 1824 y 1857. Las tres se vinculan a los «Sentimientos de la Nación» por su raíz popular y compromiso social; las tres están emparentadas con la Constitución de Apatzingán y constituyen parte de un proceso perfectible de nuestro Estado de Derecho relacionado con cada momento cumbre de la Historia de México: de 1810 a 1824 se conformó la Independencia; de 1857 a 1867, afirmamos la soberanía; de 1910 a 1917, y hasta nuestros días, la revolución social se ha reflejado en la creación y recreación de instituciones que garantizan con mayor fuerza la soberanía popular.

El concepto de soberanía es abarcativo. Implica una teoría política. Indica que en todo sistema de gobierno debe existir algún poder decisorio, en última instancia, acerca del destino de una nación. Tal concepto forma parte del Estado mismo, léase a Bodino (Los seis libros de la República), Hobbes (Leviathán), Maquiavelo (en El Principe y Los Discursos), Bentham (su discusión sobre el Parlamento), Austin (en sus disquisiciones sobre el poder ejercido por el electorado), entre otros clásicos. En nuestra Constitución (Art. 39), se imbrica con las nociones de independencia, libertades, democracia y justicia social. Nuestra Carta señala: «La soberanía nacional reside esencial y originalmente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno». Esto lo hemos realizado desde que México es independiente ¿Cómo y cuándo entre nosotros ha surgido una Constitución? Cuando peligra la integridad de la nación.

La de 1824 proviene de la guerra de independencia, de la necesidad de conformar una república federal, democrática y representativa; de superar la primera traición materializada en el grotesco imperio de Iturbide.

La de 1857 se debe a la debilidad de la patria nueva que enfrentó a conservadores y liberales, víctima de la dictadura intermitente de Santa Anna y de la injusta guerra expansionista con los Estados Unidos, causa de la mutilación territorial y moral que diera lugar a una toma de conciencia colectiva y por lo tanto a una Constitución liberal. El nuevo intento de sometimiento por parte de Europa, enfrentó a las Leyes de Reforma y a la lucha popular contra la intervención. México reafirmó su soberanía ante el mundo.

La de 1917 respondió con un grito de justicia social a la dictadura porfirista, a la entrega del país al capitalismo sin adjetivos y al golpe huertista, que en la persona de Madero, asesinó a la democracia. La revolución social ejerce el poder de la soberanía popular al fundar una norma que introduce los derechos sociales y el Art. 135, el «constituyente permanente», que posibilita al pueblo renovar su Constitución cada vez que lo juzgue necesario.

Solamente un trauma desintegrador justifica la creación de una Carta Magna. El 2 de julio pasado nuestra Constitución demostró su vigencia. Las elecciones probaron la eficacia del sufragio, viva expresión de la soberanía popular; patentizó la madurez de las instituciones políticas y la ciudadanía. El mundo testificó la integración nacional. Las reformas electorales abrieron la posibilidad de la alternancia sin traumas mayores y sin divisiones sociales infranqueables.

El nuevo gobierno podrá modificar la Constitución con fundamento en el Artículo 135 que en su texto establece la posibilidad de adicionar o reformar la propia Constitución, y señala las condiciones para que las adiciones y reformas lleguen a ser parte de la misma: se requiere, en el Congreso de la Unión, el voto favorable de dos terceras partes de los individuos presentes, y qué éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados. Con estas disposiciones está claro el carácter de Constituyente Permanente, del Poder Legislativo Federal y los correspondientes estatales. El amplio consenso del Congreso y de las legislaturas locales es insoslayable.

Las condiciones del país, aún difíciles y complejas; la pobreza que atraviesa la cuarta parte de la población, aún lacerante, no justifican convocar a un Congreso constituyente.

Los priístas advertimos que toda reforma que se intente debe ser en beneficio del pueblo. El Presidente habrá de enfrentar una oposición nacionalista y progresista para cerrar el camino a todo intento de recrear el pasado reaccionario, porque mientras esté vigente la Constitución de 1917, la Revolución vivirá.

*Director de examen.