EDITORIAL

La Constitución es el modo de ser –de constituirse– que recoge y expresa la voluntad popular. Es foro de los factores reales del poder y receptora de las decisiones políticas fundamentales de la nación. En otros términos, es pasado, presente y porvenir; memoria, realidad y esperanza. Ciertamente es programa, pero no se confina ahí su eficacia política, jurídica y moral. También es norma radical, que impera sobre todas las normas: ley de leyes, ley fundamental, directamente invocable y exigible. Así la concibe la moderna doctrina constitucional. Así la concebimos quienes, en torno al árbol y seguros de su sombra, guarecemos nuestra existencia en la tutela constitucional.

Celebramos la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de 1917. Lo hace la revista examen, del Partido Revolucionario Institucional, que para ello ha invitado a numerosos tratadistas, observadores y actores de la vida social. Pero hay algo más que celebración: ahora enarbolamos la Constitución, la exigimos, la proyectamos hacia adelante, donde debieran anidar los proyectos éticos y políticos que constan en la ley fundamental. Esta es una escritura revolucionaria, un breviario que sugiere y dispone la felicidad del pueblo –como se lee en las reglas del buen gobierno– sobre un cimiento natural: justicia y libertad, los dos programas de la nación, erigidos desde las horas de la Independencia y vigentes en estas horas de nueva independencia, nueva reforma, nueva revolución.

¿Se ha agotado la Constitución? ¿Se ha agotado la Revolución de la que aquélla proviene? En otras ocasiones, refiriéndose a la Revolución, he manifestado que ésta se agotaría cuando fuese materialmente imposible el alcance de sus propósitos o éstos se hubieran obtenido con plenitud. En el primer caso habría una república sin esperanza; en el segundo, una república insatisfecha. No somos ni lo uno ni lo otro; ni para los fines de la Revolución ni para los efectos de la Constitución. De ahí que ambas conserven íntima vigencia y profundo valor, que se acredita en el subsuelo de la vida social, donde residen la razón y el motor de los grandes movimientos y de las normas perdurables, De ahí se desprende su vigencia, por una parte, y su necesidad, por la otra.

La Carta de Querétaro fue innovadora por partida doble: rehizo, en México y en el mundo, la técnica constitucional. Constitución revolucionaria, no epístola de eruditos, recogió el ímpetu del campo y el taller, así formó un capítulo emergente de garantías sociales, que constituyen su aportación primordial. A partir de ahí se elevarían, en capas sucesivas, como las grandes pirámides de nuestro pasado indígena, los derechos sociales de varias generaciones, todos atentos al desarrollo pleno del ser humano y al imperio eficaz de la democracia integral. De ahí que la Constitución, colmada de disposiciones jurídicas que organizan los diversos espacios de la vida humana, contenga también un principio ético rector, de enorme alcance y notoria fecundidad: el artículo 3°, modelo de individuo, de sociedad, de Estado.

Nuestra Carta, hoy, no es literalmente la misma que se suscribió en Querétaro, aunque haya permanecido fiel a su proyecto esencial. La técnica utilizada por sus autores –impulsados por el entusiasmo de elevar todo, y pronto, a la Constitución–, el talante mismo de nuestro pueblo y la carencia de un órgano jurisdiccional que releyera las palabras y produjera una nueva Constitución sin alterar el texto original, determinaron las copiosas reformas incorporadas a la Ley fundamental. Certeras en general, han perfilado y actualizado sus temas principales: el origen y la distribución del poder, por una parte, y los derechos y las garantías sociales, por la otra. Así mantienen el genio original y confieren vitalidad –pese a sus detractores– a una obra jurídica que pronto será centenaria.

Esta reflexión colectiva pone en las manos de los lectores de examen una suma de apreciaciones de las que se deducirá, finalmente, la versión constitucional de cada quien. No hay duda, sin embargo, de que esa versión conservará la frescura que imprimieron los padres constituyentes, soñadores y creadores de la nación que cruzó el siglo XX y legó al XXI, entre otros dones, un conjunto de formidables instituciones. Entre éstas figura el Partido Revolucionario Institucional, bajo cuyo signo –expresado en numerosos procesos legislativos– se ha escrito toda la moderna historia constitucional de México.

Sergio García Ramírez
Secretario General del CEN.